Llega la denegación y el plazo empieza antes de que el cliente conteste
Entre que se lee la resolución, se le explica al cliente, se decide si merece la pena recurrir y se acuerda el precio, se van los días. El plazo no espera a esa conversación.
El plazo corre durante la decisión comercial
Recurrir no es solo una decisión jurídica. Hay que hablar con el cliente, explicarle las posibilidades reales sin venderle humo, y acordar qué cuesta. Esa conversación lleva días, y a veces el cliente desaparece justo en ellos.
Mientras tanto la ventana se estrecha. Y la peor versión es la que acaba con el despacho recurriendo gratis y a última hora, para no dejar tirado a alguien que no contestó al correo.
Por eso conviene fijar la fecha límite el mismo día que entra la resolución, antes de saber si se va a recurrir. Si luego no se recurre, se quita. Lo que no se puede es ponerla cuando ya se ha decidido.
Lo que ayuda: que la conversación esté acotada
Una fecha interna anterior a la del plazo, a partir de la cual se asume que no hay recurso. Decírselo al cliente con esas palabras desde el primer correo, y dejarlo escrito.
Y que el presupuesto del recurso esté hecho antes de la conversación, no después. La mitad de los días perdidos se van en preparar un precio que ya se podía tener.
Qué hace ImmigraFlow con esto
- La fecha de vencimiento del expediente se pone el día que entra la resolución y entra en el repaso del despacho.
- Esa fecha se puede volcar al calendario del despacho, con su aviso.
- El presupuesto y la hoja de encargo del recurso se preparan desde el mismo expediente y se mandan al cliente, con su factura cuando toque.
- La conversación con el cliente queda dentro del expediente, así que se ve quién dijo qué y cuándo.
Lo que no hace: No calcula el plazo de recurso por ti: la fecha la pones tú al leer la resolución. Y el aviso automático de expedientes es semanal, así que para un plazo corto lo que sirve es el calendario.
En qué plan: El calendario del despacho y el repaso automático de expedientes entran a partir del plan intermedio. Todo lo demás de esta página está en todos los planes.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto hay para recurrir una denegación?
- Depende del recurso y de la vía. La propia resolución suele indicar qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo, y ese pie de recurso es lo primero que conviene leer y anotar.
- ¿Cómo evito recurrir gratis por no dejar tirado al cliente?
- Poniendo por escrito, desde el primer correo, una fecha interna a partir de la cual se entiende que no hay encargo de recurso. Y teniendo el presupuesto preparado antes de esa conversación.
- ¿Puedo dejar constancia de que el cliente no contestó?
- Sí. Los mensajes con el cliente viven en el expediente, con su fecha, así que la conversación no depende de la bandeja de entrada de nadie.